El contrato de trabajo no produce efectos, las principales características:
-Suspensión de carácter temporal: Tiempo, retribución y causas
-Extinción de carácter definitivo, ej: contrato muerto.
El despido conlleva una indemnización, readmisión del trabajador o puede ser nulo. Las causas de suspensión puede ser que se llegue a un acuerdo entre empresario y trabajador,que se cobre la retribución correspondiente o puede ser una incapacidad temporal.
La duración máxima de la recuperación de una enfermedad es de 18 meses, puede ser por una incapacidad temporal como un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, en el caso de invalidez permanente es de 2 años.
Las condiciones laborales pueden mejorar por Convenio colectivo y por el contrato de trabajo
CAUSAS RETRIBUCIÓN RESERVA DURACIÓN
Maternidad/ 100% SI 16 semanas
Paternidad 5-8 semanas
Prisión NO SI -
Suspensión
temporal NO SI -
de empleo y
sueldo
Fuerza mayor Desempleo SI -
ERE
Huelga NO SI -
Cierre legal NO SI -
Violencia Desempleo SI -
Excedencia
Forzosa Cargo transcedencia Pública -
Excedencia
cuidado de hijos NO Absoluto 1º año -
3 años, familiares 2º año cambio de
2 años categoría profesional
Excedencia Interés
voluntaria particular NO
EXCEDENCIA
-Cargo público representativo
-Cargos sindicales- empresa: Permiso de horas retributivas
-Cumplimiento laboral de deber inexcusable
Los derechos que corresponden al trabajador por convenio colectivo, en relación con determinadas suspensiones, las condiciones del contrato se pueden mejorar por el contrato de trabajo.
DERECHOS
1.Liquidación-finiquito
-Retribuciones extrasalariales
-Prorrata de pagas extras
-Prorrata de vacaciones
-Indemnizaciones
-Salarios de tramitación
2.Reclamación
-Plazo: 20 días de efectividad de extinción, SMAC(servicio de arbitraje conciliación)
Demanda:Juzgado de lo social, STA:FOGASA Desempleo
3.Consecuencias
-Procedente:La extinción está bien echa no obtenemos nada con la reclamación
-Improcedente:La exctinción esta mal echa, porque no se han cumplido los requisitos o por una causa injustificable, en este caso tiene que readmitir al trabajador. Le corresponde el salario correspondiente hasta la readmisión o opta por la extinción, tiene la obligación de indemnizar la correspondiente al despido improcedente 33 días/año limite máximo de 24 meses.
-Nulo: Se produce cuando la extinción esta mal echa y no puede causar ningun tipo de efectos, obligatoria readmisión del trabajador.
DESEMPLEO
CAUSAS INDEMNIZACIÓN REGULACIÓN DESEMPLEO COBRAR
Acuerdo libre
Abuso derecho Acuerdo No No No
manifiesto
Contratos
temporales Prorroga Denuncia Si -
Dimisión del
trabajador No - No Preaviso
Trabajador
Muerte
invalidez Responsabilidad - No Si
total o civil
absoluta
Despido:
-Castigo
disciplinario No - Si -
-Objetivo
circustancia Si Si Carta
hechos
concretos
Infracción disciplinaria:Grave o culpable(Dolo, imprudencia, negligencia)
CONTRATOS
Duración: Lugar del trabajo:
*Indefinidos(ordinario , especiales) *Normal
*Temporales *Distancia
Duración de la jornada: Número de vínculos contractuales:
*Jornada completa *Normal
*Jornada parcial *Grupo
Exigencias:
- Escrito
- Fraude de ley:Obra-servicio y encadenamiento de contratos temporales
- Seguridad Social
- Denuncia del contrato